El Ministerio del Interior recordó que está expresamente prohibido el uso, instalación o mantenimiento de balizas, dispositivos luminosos, distintivos u otros sistemas similares a los empleados por instituciones del Estado en vehículos particulares, incluidos los vehículos blindados.
La disposición se basa en el artículo 83, numeral 29, de la Ley Orgánica de Vigilancia y Seguridad…






