Política

Daniel Noboa limita seguros médicos con fondos públicos y restringe compra de autos de lujo

Imagen de archivo.

Mediante el Decreto Ejecutivo N.º 36, el presidente Daniel Noboa dispuso nuevas restricciones en el uso de recursos públicos, enfocadas principalmente en la contratación de seguros médicos privados y en la adquisición de vehículos de alta gama por parte de entidades estatales.

Con esta medida, se reforman varios reglamentos con el objetivo de mejorar el manejo presupuestario en el sector público. Uno de los principales cambios es la modificación del artículo 235 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, que prohíbe expresamente la contratación de seguros de salud privados financiados con fondos del Estado para servidores públicos.

Sin embargo, el decreto establece excepciones. Este tipo de seguros podrá contratarse únicamente para funcionarios que desempeñen actividades de riesgo, siempre que cuenten con partida presupuestaria y se ajusten a los límites establecidos por el Ministerio del Trabajo. Además, los servidores públicos que viajen en comisión oficial al exterior podrán acceder a seguros de salud internacionales con cobertura total, salvo que el financista del viaje asuma ese costo.

También se aclara que los contratos de seguros médicos adquiridos antes de la vigencia de la Ley Orgánica del Servicio Público seguirán vigentes hasta su fecha de finalización, pero no podrán renovarse bajo ninguna circunstancia.

En cuanto a la compra de vehículos para uso institucional, el decreto determina que la Secretaría General Administrativa de la Presidencia de la República deberá autorizar la adquisición de autos blindados o no blindados destinados a las máximas autoridades, únicamente si se justifica la necesidad y se demuestra un nivel de riesgo.

Aunque se permitirá que estos vehículos cuenten con tecnología avanzada y características especiales, se mantiene la prohibición de adquirir vehículos de alta gama, conforme a lo dispuesto también en la reforma al Decreto Ejecutivo No. 457. Se brindan además lineamientos para la adquisición de vehículos especializados, necesarios para funciones específicas del Estado.

Por último, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana será el encargado de regular la compra de automotores para el servicio exterior. Esto incluye el uso exclusivo en embajadas, consulados y demás representaciones diplomáticas del Ecuador, respetando los límites presupuestarios establecidos.

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