sábado, 26 julio 2025
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¿Puedo llevar mi celular al momento de votar en la segunda vuelta?

El domingo 13 de abril de 2025, durante la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en Ecuador, el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha establecido la prohibición del uso de teléfonos celulares y otros dispositivos electrónicos al momento de ejercer el voto.

Esta medida busca garantizar el secreto del sufragio y prevenir prácticas como la compra de votos o coacciones.

Detalles de la prohibición:

  • Portación del celular: Los votantes pueden llevar sus teléfonos móviles al recinto electoral. Sin embargo, está estrictamente prohibido utilizarlos desde el momento en que entregan su cédula de identidad a los miembros de la Junta Receptora del Voto hasta que depositan la papeleta en la urna y reciben su documento de vuelta. ​
  • Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV): Estos funcionarios no podrán usar dispositivos móviles desde las 17:00 horas, cuando inicia el escrutinio, hasta que finalice el proceso. Solo uno de los miembros podrá utilizar un dispositivo para realizar las operaciones matemáticas necesarias para llenar las actas de escrutinio.

Consulte aquí el lugar de votación para la segunda vuelta de las elecciones presidenciales 2025

Según el artículo 279 del Código de la Democracia, quienes infrinjan esta disposición podrían enfrentar:​

  • Multas que oscilan entre USD 9.870 y USD 32.900, equivalentes a 21 a 70 salarios básicos unificados.​
  • Pérdida de los derechos políticos por un período de dos a cuatro años.

Procedimiento en caso de infracción:

  • Detección: Si un elector es sorprendido utilizando su celular para fotografiar la papeleta, los miembros de la Junta Receptora del Voto registrarán la falta.
  • Notificación: Se entregará al infractor una «Boleta de presunto cometimiento de infracción electoral».​
  • Remisión al Tribunal Contencioso Electoral (TCE): El caso será enviado al TCE, que evaluará la situación y determinará la sanción correspondiente.

El CNE implementa esta restricción para asegurar la transparencia del proceso electoral y proteger la voluntad del votante, evitando prácticas indebidas como la compra de votos o coacciones. ​

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