El presidente Daniel Noboa dispuso la suspensión de la jornada laboral del jueves 30 de abril de 2026. La medida aplica para el sector público y privado. Con esta decisión, el feriado por el Día del Trabajo se extenderá del 30 de abril al 3 de mayo.
La decisión consta en el Decreto Ejecutivo 354, firmado este 4 de abril de 2026, el documento señala que la jornada suspendida no será recuperable. También indica que el decreto entra en vigencia desde su suscripción.


El descanso aplicará en todo el país
El decreto dispone la suspensión de la jornada laboral en todo el territorio nacional. La medida incorpora el 30 de abril al feriado nacional del 1 de mayo. Así, los días de descanso obligatorio serán jueves 30 de abril, viernes 1, sábado 2 y domingo 3 de mayo.
Esta disposición incluye a trabajadores del sector público y del sector privado. Por eso, el asueto tendrá alcance nacional.
Qué pasará con los servicios públicos
El decreto aclara que durante el día de suspensión se mantendrán los servicios públicos esenciales. Entre ellos están agua potable, energía eléctrica, salud, bomberos, terminales aéreas, terrestres y fluviales, y servicios bancarios.
Además, las instituciones públicas deberán contar con el personal mínimo para atender a la ciudadanía. Esa disposición busca evitar interrupciones en áreas clave durante el asueto.
El 1 de mayo se conmemora el Día Internacional del Trabajo. Con el Decreto 354, el descanso de este año será más largo de lo habitual. La jornada del 30 de abril no tendrá que ser compensada después.











