Política

Con 125 votos, Asamblea Nacional aprueba reformas al Código de la Democracia

Con 125 votos, Asamblea Nacional aprueba reformas al Código de la Democracia
Foto: Asamblea Nacional del Ecuador

Con 125 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este viernes, 20 de junio de 2025, en segundo debate el proyecto de reformas a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, también conocida como Código de la Democracia. Esta normativa es el resultado de un proceso legislativo que duró cuatro años y que recogió 22 iniciativas enfocadas en reforzar los principios de equidad de género, transparencia en el gasto electoral, reglas más claras para la asignación de escaños en elecciones pluripersonales, así como nuevos mecanismos para fomentar la participación ciudadana.

Durante la sesión, la presidenta de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, asambleísta Rosa Torres, explicó que el texto final mantiene sin cambios los artículos 93 y 267, eliminando modificaciones planteadas inicialmente. “Con estas reformas, unificamos todos los formatos de la ley y garantizamos el respeto a los derechos políticos de todos los sectores, especialmente de las mujeres y de los jóvenes”, señaló Torres. Además, se incorporaron disposiciones para evitar la discriminación de género en la selección de autoridades del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Contencioso Electoral.

Reformas al Código de la Democracia

El proyecto también fortalece el control sobre los aportes y gastos electorales, imponiendo límites y sanciones por excesos, y establece procedimientos específicos para la denuncia y sanción de la violencia política de género. Otro de los ejes relevantes es la inclusión de normas que exigen a los partidos y movimientos políticos alcanzar porcentajes mínimos de votación y representación para conservar su personería jurídica, evitando su extinción automática.

Las reformas, además, amplían el marco legal para garantizar la participación de ecuatorianos en el exterior, en coherencia con los artículos 61 y 62 de la Constitución. La Asamblea remitirá el texto aprobado al Ejecutivo en los próximos días hábiles para su sanción u objeción. De no existir observaciones, las reformas entrarían en vigor una vez publicadas en el Registro Oficial.

https://twitter.com/AsambleaEcuador/status/1936125027620946084
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