Con 78 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional, presidido por Niels Olsen, declaró este martes como improcedente el pedido de autorización para el enjuiciamiento penal de Esther Adelina Cuesta Santana, ciudadana que dejó de ejercer el cargo de asambleísta desde el pasado 13 de mayo.
La solicitud fue presentada por el doctor Hernán Barros Noroña, conjuez de la Sala Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia. Sin embargo, la Asamblea resolvió devolver el requerimiento, debido a que, al momento de la petición, Cuesta ya no ostentaba calidad de funcionaria legislativa, por lo que no correspondía su tratamiento conforme al artículo 120 numeral 10 de la Constitución.
La decisión se basó en precedentes legislativos y en el informe jurídico N.º IJ-CGAJ-2025-2029-0002, emitido por la Coordinación General de Asesoría Jurídica de la Asamblea, el cual concluyó que el Pleno tiene la competencia para declarar la improcedencia de solicitudes judiciales cuando la persona involucrada no mantiene fuero de Corte.
El segundo artículo de la resolución —propuesta por la asambleísta Esperanza Rogel, representante de Zamora Chinchipe— dispone que se notifique formalmente al conjuez Barros Noroña con el contenido de esta resolución.