miércoles, 16 septiembre 2026
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Presidente Noboa objeta tres proyectos de ley aprobados por la Asamblea Nacional

Foto archivo.

Este 6 de enero de 2025, se conoció que el Presidente Daniel Noboa notificó a la Asamblea Nacional con objeciones totales a tres proyectos de ley aprobados recientemente. La notificación, enviada el 31 de diciembre de 2024, fue dirigida a la presidenta de la Asamblea, Viviana Veloz, e incluye observaciones a reformas en materia laboral, legislativa y al sistema nacional de cualificaciones profesionales.

El Ejecutivo fundamentó su decisión argumentando que las propuestas aprobadas por la Asamblea no cumplen con principios fundamentales establecidos en la Constitución. Además, señaló que es necesario garantizar derechos, procedimientos adecuados y evitar incompatibilidades legales que puedan afectar tanto a la ciudadanía como a la estructura del Estado.

Objeciones detalladas a cada proyecto

1. Reforma a la Función Legislativa
El proyecto que buscaba reformar la Ley Orgánica de la Función Legislativa recibió objeciones por incluir la creación de una comisión pluripartidista ad hoc, cuyas facultades y atribuciones no están claramente definidas. Según el Ejecutivo, esta medida contraviene el debido proceso al delegar funciones específicas sin un marco normativo adecuado.

Además, se cuestionó la propuesta de sancionar a los asambleístas con 90 días de suspensión sin remuneración por desalinearse de las decisiones de su bancada sin justificación válida. El Presidente advirtió que esta disposición podría vulnerar garantías constitucionales como el derecho a la defensa y la protección de información reservada durante procesos de enjuiciamiento político.

2. Reforma laboral
El segundo veto corresponde al proyecto que planteaba reformar el Código de Trabajo y la Ley Orgánica del Servicio Público. Esta propuesta incluía una disposición para incorporar un 10% de jóvenes de entre 19 y 29 años en la contratación pública. Sin embargo, el Ejecutivo argumentó que la medida no considera los perfiles técnicos y académicos necesarios para el sector público, lo que podría generar incompatibilidades en áreas clave del sector público y privado.

Asimismo, se subrayó que el ingreso y ascenso en la carrera administrativa deben realizarse bajo concurso de méritos y oposición, tal como lo establece el artículo 228 de la Constitución.

3. Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales
El proyecto de Ley Orgánica del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales fue objetado por no garantizar el reconocimiento de saberes y derechos colectivos de comunidades, pueblos y nacionalidades, estipulados en los artículos 56 y 57 de la Constitución. Según el Presidente, esta omisión limita el alcance inclusivo y representativo que la ley debería promover.

De acuerdo con la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), cuando un proyecto de ley recibe una objeción total, la Asamblea Nacional solo puede reconsiderarlo después de un año. En ese caso, se requiere mayoría calificada para su ratificación.

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