La aerolínea española Vueling ha sido multada con 28.000 euros (30.500 dólares) por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). La sanción se debe a que negó el embarque a una mujer que llevaba un bodi escotado. La denuncia fue presentada por FACUA-Consumidores en Acción en 2019, tras los hechos ocurridos en un vuelo de Mallorca a Barcelona.
La organización argumentó que la mujer fue discriminada por su vestimenta, algo que no está prohibido por ninguna normativa. A pesar de que los pasajeros ofrecieron prendas de abrigo, la aerolínea no permitió que la mujer abordara el avión. Vueling defendió su decisión alegando que la pasajera llevaba un bañador y que su conducta fue abusiva.
Reacciones y Antecedentes
AESA determinó que Vueling violó varios artículos de la Ley de Seguridad Aérea y el reglamento europeo sobre compensación a pasajeros. FACUA se mostró satisfecha con la sanción, aunque consideró que las multas deberían ser más elevadas.
Los hechos ocurrieron en 2019, y la sentencia fue emitida en 2020. Sin embargo, FACUA tuvo conocimiento de la resolución recientemente, tras una petición en el Portal de Transparencia. Vueling criticó a la asociación por difundir nuevamente un caso ya resuelto y publicado en 2020, reafirmando que sus condiciones se aplican de manera igualitaria.
No es la primera vez que Vueling enfrenta críticas por temas de vestimenta. En marzo de 2023, la aerolínea fue multada con 30.000 euros por la Inspección de Trabajo de la Generalitat, debido a los requisitos de vestimenta impuestos a sus azafatas, como el uso de maquillaje específico y tacones. Vueling afirmó que estas pautas no se aplicaban en la práctica ni suponían motivo de sanción para sus empleadas.