El nombre y la foto de Fernando Villavicencio se mantendrá en la papeleta. La muerte de un candidato sí está contemplada en el Código de la Democracia en el artículo 112, mismo que detalla el protocolo que se deberá seguir en este caso.
La Ley Electoral señala que en estos casos la organización política o alianza que auspicie esa candidatura podrá reemplazar al occiso con otro candidato…
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