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Consulta Popular 2025: Esto debes saber sobre las multas, horarios y reglas

El organismo recuerda a la ciudadanía que el voto es obligatorio y advierte que no acudir a sufragar implica sanciones económicas.
El organismo recuerda a la ciudadanía que el voto es obligatorio y advierte que no acudir a sufragar implica sanciones económicas.

Ecuador se prepara para una nueva jornada democrática. El Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó a los ciudadanos a participar en el referéndum y consulta popular 2025 el próximo domingo 16 de noviembre.

En esta jornada, los ecuatorianos responderán cuatro preguntas clave sobre temas como la reducción del número de asambleístas, el financiamiento a partidos políticos, la presencia de bases militares extranjeras y la posible convocatoria a una Asamblea Constituyente.

A medida que se acerca la fecha electoral, el CNE intensifica su campaña informativa. El organismo recuerda a la ciudadanía que el voto es obligatorio y advierte que no acudir a sufragar implica sanciones económicas.

En esta jornada, los ecuatorianos responderán cuatro preguntas clave.
En esta jornada, los ecuatorianos responderán cuatro preguntas clave.

También puedes leer: CNE avanza en la distribución de paquetes electorales y realiza simulacro nacional para la Consulta Popular y Referendo 2025

Multas establecidas

El Código de la Democracia establece que el voto es obligatorio para todos los ciudadanos entre 18 y 65 años de edad. Por lo tanto, aquellos que no acudan a las urnas deberán asumir las multas correspondientes.

Luis Hernán Cisneros Jaramillo, director provincial del CNE, recalcó que el cumplimiento del voto es un deber ciudadano.

  • Multa general por No Votar: Los ciudadanos que no acudan a las urnas pagarán una multa equivalente al 10% del Salario Básico Unificado (SBU), que en 2025 asciende a $47.

Sanciones para Miembros de Juntas Receptoras del Voto (MJRV)

Las sanciones se elevan significativamente para quienes fueron designados miembros de las JRV:

  • No asistir a capacitaciones: Implica una multa del 10% del SBU, equivalente a $47.
  • No acudir a integrar las JRV: La multa sube al 15% del SBU, es decir, $70,50.
  • Abandonar funciones sin justificación: Constituye una infracción grave sancionada con multas que van desde 11 hasta 20 salarios básicos, lo que representa entre $5.170 y $9.400.
El CNE recordó que mantener deudas electorales pendientes restringe la realización de trámites administrativos importantes.
El CNE recordó que mantener deudas electorales pendientes restringe la realización de trámites administrativos importantes.

Restricciones por deudas pendientes y otras faltas

Además de las multas, el CNE recordó que mantener deudas electorales pendientes restringe la realización de trámites administrativos importantes. Los ciudadanos con multas no podrán obtener o renovar el RUC, participar en concursos públicos o ejercer cargos públicos o de elección popular hasta regularizar su situación.

Existen otras faltas electorales que derivan en sanciones significativas, buscando mantener la transparencia y el orden:

  • Infringir la Ley Seca: $235 (Vigente desde el viernes 14 de noviembre a las 12h00 hasta el lunes 17 de noviembre a las 12h00).
  • Realizar proselitismo político (Durante silencio electoral o día de elecciones): $235.
  • Ingresar a recinto en estado de embriaguez o causar disturbios: $235 en cada caso.
  • Tomar fotografías de la papeleta: Multas que van entre $9.870 y $32.900.

Justificación de inasistencia

El Código de la Democracia contempla situaciones excepcionales para justificar la inasistencia. Los ciudadanos deben documentar y presentar estas causas ante el CNE dentro del plazo establecido.

  • Causas Principales: Enfermedad comprobada, calamidad doméstica grave, o imposibilidad física/legal para desplazarse (estar fuera del país o privado de libertad).

Una vez aprobada la justificación, el ciudadano quedará exento del pago.

Dato Clave: Las Juntas Receptoras del Voto abrirán en las unidades educativas habilitadas como recintos electorales desde las 07h00 hasta las 17h00, horario en el cual los ciudadanos podrán ejercer su derecho.

El Código de la Democracia contempla situaciones excepcionales para justificar la inasistencia.
El Código de la Democracia contempla situaciones excepcionales para justificar la inasistencia.

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