El presidente de la República, Daniel Noboa, a través del Decreto Ejecutivo N.- 565, ratifica como unidad monetaria y único medio de pago oficial en Ecuador al dólar de los Estados Unidos de América.
El decreto también insta a la Alianza Democrática Nacional (ADN) de la Asamblea Nacional, a proponer el trámite legislativo de reforma al artículo 303 de la Constitución de República del Ecuador.
Este artículo menciona que: “la formulación de las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera es facultad exclusiva de la Función Ejecutiva y se instrumentará a través del Banco Central. La ley regulará la circulación de la moneda con poder liberatorio en el territorio ecuatoriano.
La ejecución de la política crediticia y financiera también se ejercerá a través de la banca pública.
El Banco central es una persona jurídica de derecho público, cuya organización y funcionamiento será establecido por la ley”.
La propuesta del mandatario es que, a través de una reforma legislativa, se agregue al artículo:
«Todas las transacciones, operaciones monetarias, financieras y sus registros contables, realizados en la República del Ecuador, se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América».
El Banco Central del Ecuador no podrá emitir otro tipo de moneda o moneda paralela distinta al dólar».