Un fallo judicial nunca antes visto en Argentina obliga a Google a indemnizar con USD 12.500 a un hombre que fue fotografiado desnudo y cuya imagen terminó en el servicio Street View.
El caso ocurrió en 2017, cuando el vehículo del gigante tecnológico tomó imágenes del frente de una vivienda. Al sujeto, quien era parte de la policía en ese momento, lo fotografiaron de espaldas, sin ropa, en el patio.
La imagen fue publicada y rápidamente inundó las redes sociales locales e internacionales.
Según la defensa del demandante, la publicación fue una intromisión a su intimidad, ya que podía ser identificado por su entorno.
Además, alegaron que el hecho perjudicó su vida personal, emocional y profesional. La demanda incluyó también a los medios que replicaron el contenido.
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Street View y privacidad
La decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil no tiene precedentes. Tal como informó el diario Clarín, el caso inició en 2017, cuando los vehículos de Google fotografiaron a este hombre cuando se encontraba desnudo en el patio delantero de su casa.
El afectado inició una demanda contra Google Argentina, que además incluyó a los medios de comunicación que propagaron el contenido.
En aquel momento, el sujeto trabajaba en las fuerzas policiales y alegó que este hecho que protagonizó involuntariamente afectó su reputación profesional, su vida familiar y emocional.
Demanda a Google
La defensa del demandante señaló que la publicación de esa imagen en Steet View fue una “intromisión arbitraria a su intimidad”.
Por su parte, desde la compañía respondieron que la persona no era identificable y que la captura se realizó desde la vía pública. Además, mencionaron que la plataforma incluye herramientas de fácil acceso para reportar este tipo de casos.
Con puntos de vista divididos, el caso avanzó durante un largo período. Finalmente, un juez de primera instancia denegó la solicitud del demandante, considerando sus acciones como «inmorales» y estableciendo que los vecinos fueron los genuinamente afectados.
Más tarde, la Cámara de Apelaciones revirtió la postura y señaló que el derecho a la privacidad no se limita al interior de las viviendas.
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