José Eduardo Carmigniani Valencia, procurador judicial de Gráficos Nacionales S.A. (Granasa), fue sentenciado a seis meses de pena privativa de libertad por el delito de calumnia, dentro de la causa 09286-2026-03663, iniciada por Carlos Xavier Cadena Asencio.
De acuerdo con la información proporcionada sobre el proceso, el fallo también establece el pago de tres salarios básicos unificados a favor del Estado, otros tres como reparación integral para Cadena Asencio, además de costas procesales, judiciales y honorarios profesionales.
La causa se originó por una publicación difundida el 18 de abril de 2026 en Diario Expreso, relacionada con un escrito presentado por Carmigniani dentro de una investigación previa por presunta asociación ilícita. Según el querellante, el contenido de ese documento dio paso a la acción penal privada por considerar que afectó su honor y buen nombre.
Una publicación de abril dio origen al proceso
Durante el juicio se analizaron pruebas documentales y testimoniales vinculadas con la imputación realizada contra Cadena Asencio. Según la información remitida, el juzgador concluyó que se configuraron los elementos del delito de calumnia y estableció responsabilidad penal contra Carmigniani.
El caso se desarrolla en medio de una disputa relacionada con Veranera S.A. y Granasa. La sentencia corresponde a esta acción privada por calumnia y su situación procesal dependerá de los recursos que puedan presentarse dentro de los plazos legales.











