Política

Tribunal declara manifiesta negligencia de la jueza Nubia Vera por la dilatación de un proceso y la concesión de medidas cautelares

Este viernes, 14 de marzo de 2025, la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Pichincha determinó que la jueza Nubia Yineth Vera Cedeño, de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, incurrió en manifiesta negligencia en la tramitación de una acción de protección con medida cautelar.

El fallo fue emitido por los jueces Lady Avila Freire (Ponente), Diana Fernández León y Xavier Barriga Bedoya, en respuesta a una denuncia presentada por Bryan Patricio Andrade Pérez, procurador judicial de COMWARE S.A., quien argumentó que la jueza actuó de manera irregular, afectando el debido proceso y generando perjuicios tanto a la empresa como al Estado ecuatoriano.

Irregularidades en el proceso y diferimientos injustificados

Según el fallo del Tribunal, la jueza no resolvió las medidas cautelares en el momento procesal correspondiente, sino que las concedió de manera oral en una audiencia suspendida, sin cumplir con los requisitos legales ni presentar una justificación adecuada. Además, el proceso se dilató durante más de un año, con ocho convocatorias a audiencia que no pudieron concretarse, lo que generó una clara vulneración al principio de celeridad procesal.

«El incumplimiento de la normativa procesal y la falta de diligencia en la resolución del caso evidencian una actuación contraria a la debida administración de justicia», señala la resolución del Tribunal.

La negligencia en la tramitación de la acción impidió el levantamiento de medidas cautelares que afectaban la ejecución de un contrato público con el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), poniendo en riesgo la provisión de bienes estratégicos y comprometiendo recursos del Estado.

Decisión del Tribunal y acciones ordenadas

Ante estos hechos, el Tribunal resolvió remitir el caso al Consejo de la Judicatura para que se inicie el procedimiento disciplinario correspondiente, que podría derivar en la destitución de la jueza por la infracción gravísima «conforme al artículo 109, numeral 7, del Código Orgánico de la Función Judicial».

Además, dispuso que el caso sea elevado a la Corte Nacional de Justicia, en cumplimiento del Artículo 21 de la Resolución 04-2023 de dicha Corte, que establece la necesidad de una declaración jurisdiccional previa antes de iniciar acciones disciplinarias contra jueces. En este sentido, se ordena remitir copia certificada de la declaratoria de manifiesta negligencia contra la jueza Nubia Yineth Vera Cedeño a la Comisión de Compilación, Análisis y Unificación de las Calificaciones Jurisdiccionales de Infracciones de la Corte Nacional de Justicia, para que evalúe su conducta y determine si existen elementos para una posible unificación de criterios sobre la infracción cometida.

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