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Presidente Noboa solicita a entidades financieras otorgar alivios económicos con diferimiento de obligaciones por hasta 90 días

Foto tomada de archivo.

El Presidente Daniel Noboa, en reconocimiento al esfuerzo de la ciudadanía ecuatoriana frente a la crisis energética causada por la peor sequía en décadas, ha implementado medidas para aliviar la carga económica de los hogares afectados. Este martes 5 de noviembre de 2024, a través del Decreto Ejecutivo N.º 444, el Primer Mandatario ha solicitado a las entidades financieras y casas comerciales ofrecer alivios económicos a las familias con deudas.

Con esta disposición, se permite a las entidades financieras, tanto públicas como privadas, además de cooperativas de ahorro y crédito, ofrecer programas temporales de diferimiento de hasta 90 días en las obligaciones financieras de sus clientes. Uno de los aspectos más destacados de esta medida es que no se aplicarán cobros adicionales de intereses, recargos, moratorias ni multas a quienes se acojan a este beneficio.

Adicionalmente, el gobierno ha solicitado a los proveedores de internet implementar compensaciones para sus usuarios, ofreciendo facilidades de pago en las facturas del servicio.

El Gobierno Nacional expresó su compromiso de trabajar incansablemente para apoyar a las familias más necesitadas durante esta crisis, implementando medidas concretas que alivien la presión económica sin comprometer el desarrollo futuro del país.

Ecuador atraviesa una crisis energética debido a una sequía sin precedentes que ha afectado severamente el suministro de agua en las principales represas hidroeléctricas del país. Esta situación ha provocado restricciones en el servicio eléctrico y ha impactado la economía nacional.

Con el Decreto Ejecutivo N.º 444, el Gobierno Nacional busca brindar apoyo financiero a los sectores más golpeados, impulsando medidas de alivio para que las familias puedan afrontar este difícil momento.

Medidas clave del decreto:

  • Diferimiento de obligaciones financieras por hasta 90 días sin cargos adicionales.
  • Compensaciones y facilidades de pago en servicios de internet.
  • Compromiso de las entidades financieras, tanto públicas como privadas, en la implementación de los programas de apoyo.
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