La justicia de Salta acaba de marcar un precedente que revoluciona el concepto de familia en Argentina. En una resolución poco común, un tribunal ordenó a un hombre el pago de una cuota alimentaria mensual para el perro que compartía con su expareja. Además de la asistencia económica, el fallo establece un régimen de visitas y cuidado compartido, reconociendo oficialmente que el vínculo con una mascota trasciende la ruptura de una relación.
Esta decisión surge luego de que la mujer, quien quedó al cuidado permanente del animal tras la separación, solicitara que su excompañero asumiera su cuota de responsabilidad. Debido a los elevados costos de alimentación y salud, la justicia intervino para garantizar el bienestar del animal.
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Más que una mascota: un «ser sintiente»
El pilar fundamental de esta sentencia radica en la nueva clasificación jurídica de los animales domésticos. El juzgado determinó que las mascotas no son simples bienes materiales o muebles, sino “seres sintientes”. Por consiguiente, los animales poseen la capacidad de experimentar sensaciones y forjar lazos afectivos profundos con sus dueños.
Gracias a esta perspectiva, el tribunal entendió que ambas partes mantienen el deber de cuidado, sin importar quién ostente la tenencia principal. El fallo obliga al hombre a cubrir gastos específicos de:
- Alimentación periódica.
- Controles veterinarios y vacunas.
- Medicamentos y necesidades básicas.

Un régimen de visitas para el «hijo» de cuatro patas
Además del aporte financiero, la resolución fija un esquema de convivencia para evitar el desapego. El juez estableció visitas regulares y periodos alternados de permanencia, asegurando que el perro mantenga contacto con ambos integrantes de la antigua pareja.
Esta tendencia judicial, que gana terreno en diversos tribunales del país, refleja una transformación social en la mirada sobre el núcleo familiar. Actualmente, la ley comienza a adaptarse a una realidad donde las mascotas ocupan un lugar central en la estructura afectiva de los hogares argentinos.
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